El Tribunal Supremo vuelve a la Edad Media

¿Una sentencia con igualdad?

Escribo este artículo a raíz de la última decisión del Tribunal Supremo con respecto a la violencia de género. Nos ponemos en situación: pelea protagonizada por un hombre y una mujer. Cito lo que se han considerado hechos probados: «en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro«. Esto fue visto por un policía, que presentó una denuncia y los llevó a juicio.

Es importante recalcar que la agresión fue mutua y además, que fue iniciada por la mujer. También es interesante saber que ninguno de los dos denunció al otro. ¿Por qué digo esto? Porque ambos fueron procesados por la Audiencia Provincial de Zaragoza por delitos de maltrato. Sin embargo, no quedó acreditado que el hombre tuviera una intención machista de dominar a la mujer. Por ello, no se consideró violencia de género (art. 153.1 del Código Penal). Tampoco se consideró violencia doméstica de ella hacia él (art. 153.2). Todo quedó relegado a delitos de maltrato sin lesión (art 147.2). Este delito requiere de denuncia previa, así que como ninguno de los dos había presentado denuncia, fueron absueltos.

Mejor una sentencia con Igualdad™

Sin embargo, el Tribunal Supremo no opina así. Esto es lo que ha decidido (preparaos para la cantidad de burradas que vais a leer):

  1. Cualquier agresión de un hombre a una mujer en la relación de pareja o expareja es hecho constitutivo de violencia de género.
  2. Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
  3. La Audiencia había considerado que en la agresión recíproca hombre y mujer es solo delito leve, pero el TS señala que no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o expareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo.
  4. En el hecho de agredirse la pareja solo deberá reflejar un golpe o maltrato sin causar lesión para integrar delito de violencia de género y violencia familiar respectivamente sin mayores aditamentos probatorios.
  5. Podría valorarse en cada caso si hubo legítima defensa en su respuesta agresiva, pero no puede dictarse una sentencia absolutoria si queda constatada la agresión mutua.
  6. Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.

Por estos motivos, el Tribunal Supremo ha revocado la absolución y los ha condenado. A 6 meses de prisión a él y a 3 meses de prisión a ella.

Aquí hay mucha tela morada que cortar.

¿Qué acabo de leer?

Primero, da igual cuál sea la intención del hombre al cometer la agresión. Si un hombre agrede a una mujer siendo ésta su pareja, son «actos de poder y superioridad» hacia ella. Es decir, violencia de género. Eres un maltratador, punto. No hay debate. La agresión es machista aunque no tenga motivación machista.

Segundo, basándose en esto, el Tribunal Supremo señala que en la agresión recíproca, al no ser necesario probar una intención machista (porque recuerda, no hace falta que sea machista para que sea machista). La mera agresión constituye por sí misma un acto de violencia de género «con connotaciones de poder y machismo».

Tercero, en el último punto el Tribunal Supremo repite lo mismo pero echando balones fuera. Añade que los legisladores de la ley nunca quisieron que hubiera que probar una intención machista para ser violencia de género. Si hay agresión es machista, por lo tanto, toda agresión es violencia de género.

Así, el Tribunal Supremo considera probado que ambos cometieron los mismos hechos delictivos, pero no una intencionalidad machista. Aun así, el hombre tiene una pena mayor porque se le presupone esa intencionalidad. Apliquemos la lógica: Agredir por motivos machistas es motivo de pena mayor. Pero siempre que un hombre agrede a una mujer es por motivos machistas. Luego ser hombre siempre es motivo de pena mayor. En la práctica, se está castigando más a los hombres sólo por ser hombres. Esto se llama Derecho penal de autor, y es propio de la Edad Media, no del siglo XXI. Evidentemente, es una patada al Estado de Derecho.

¿Pero estuvieron todos de acuerdo?

Por suerte, no. Tenemos también el voto particular de cuatro magistrados del Tribunal Supremo que se opusieron a esta sentencia. Señala que «las agresiones mutuas tuvieron lugar en un nivel de igualdad con independencia de roles personales y sociales». Sigue con «partir de la base de que concurre el elemento que justifica el trato desigual es contrario a la presunción de inocencia. Y hacer que el acusado responda, de modo automático y mecánico, de una característica de la conducta, necesaria para justificar la desigualdad de trato, que no se ha probado en el caso, además, vulnera el principio de culpabilidad«.

Es decir, nos hemos cargado la presunción de inocencia, que dice que todo acusado es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Ahora los acusados son culpables hasta que ellos mismos demuestren lo contrario (puesto que se le asume automáticamente una intencionalidad machista que lo hace culpable de violencia de género). Además, hemos tirado a la basura el principio de culpabilidad, que establece que sólo se puede juzgar a un acusado según su culpabilidad en la comisión de los hechos, nunca según otros factores como su personalidad.

¿Y de dónde viene esto?

Todo esto viene de la infame Ley Integral contra la Violencia de Género (LIVG). Esta ley establece el agravante de violencia de género sobre el de violencia doméstica. El problema empieza cuando sólo los hombres pueden cometer violencia de género. Tenemos un agravante sólo para hombres. Además, se considera que hay VG cuando hay machismo.

Sin embargo, cuando se estaba tramitando, el CGPJ ya advirtió de que estudiar la intencionalidad machista en cada caso iba a plantear problemas, pero que presuponerla era recrear un Derecho penal de autor. Por lo tanto, recomendó una definición alternativa de la violencia de género, que eliminase el elemento intencional y fuese igual para todos. O que al menos, existieran otras definiciones más objetivas, como una situación de debilidad o dependencia física. La respuesta de los legisladores fue… eliminar toda referencia a la intencionalidad del agresor. Si demostrar la intencionalidad va a ser un follón, pues ya no hay que demostrarla, oye, problema resuelto. Todo quedó en que la violencia del hombre a la mujer es machista «con independencia de la motivación o la intencionalidad del agresor». Información de @elsacodelcoco.

Sí, esto se aprobó hace más de diez años, no es nuevo. Estos días se ha abierto el debate porque en este caso es particularmente flagrante, al haber agresión mutua y empezada por la mujer. El Tribunal Supremo simplemente ha aplicado la LIVG tal y como se redactó en su día.

¿Pero tan grave es la ley?

No es grave, sino gravísimo. Tenemos una ley que establece que para ser VG tiene que haber machismo, pero al mismo tiempo, que siempre hay machismo si eres hombre. Esto es un golpe directo a los derechos del 50% de la población.

¿Cuántas condenas injustas ha habido por culpa de la LIVG? ¿Entendéis por qué esta ley es la biblia feminista y por qué se ponen tan nerviosas cuando se pide su derogación? Esta ley vulnera claramente el principio constitucional de igualdad entre hombres y mujeres. Mientras exista esta ley en los términos actuales, no podrá haber igualdad real.

Y mientras, algunos siguen hablando de justicia patriarcal. ¿En qué justicia patriarcal los hombres tienen penas mayores por los mismos delitos? ¿En cuál te llaman machista y maltratador sólo por ser hombre? ¿Y en cuál hay juzgados sólo para hombres? Si cambiamos en la ley la palabra hombre por negro y mujer por blanco, tenemos una maravillosa ley racista. Es que, joder, no entiendo cómo las mujeres soportan tanta opresión. Hace falta reformas mentales en la justicia urgentemente para que no sea machista nunca más.

Esta abominación jurídica deja clara una cosa: si alguien apoya esto, es porque o bien vive del chiringuito o bien ya lo han lobotomizado y convertido en un zombi morado. Cualquier persona que aún conserve la cordura de la que carecían los redactores de la LIVG ha de darse cuenta de que esta ley pisotea el Estado de Derecho con zapatos de tacón.

Y si eres mujer, no te creas que esto a ti no te afecta. No sólo porque tengas hijos, hermanos, padres o amigos que puedan ser víctimas de esta ley. Sino porque el día que discrepes con lo que diga el feminismo, el día en el que te hartes de que te tomen por un ser débil y discapacitado, irán a por ti.

¿Y por qué los medios no hablan de esto?

El problema es que los medios están muy ocupados cobrando sus ricas subvenciones y buscando carroña de entre los cadáveres de las mujeres violadas y/o asesinadas, como buenos buitres que son. Y claro, no tienen tiempo de hablar de cómo se está desmontando la democracia poco a poco en nuestras narices.

Y la gente se traga su manipulación. Mucho cambiarse la foto de perfil cuando violan y matan a una mujer, sí. ¿Pero cuántos conocen lo que está pasando entre bastidores? ¿Que a los feministas nunca les han importado las mujeres? ¿Que sólo les interesa el chiringuito, el poder y vivir a costa de las víctimas? ¿Entienden que cada mujer muerta es un paso más para imponer la agenda política feminista? ¿Saben que viven engañados con mentiras mil veces desmontadas pero mil veces repetidas? ¿Y que aplauden a los mismos que pisotean sus derechos todos los días? ¿Ésta es la justicia que queremos? ¿Una justicia medieval, donde unos grupos sociales tienen más derechos (privilegios) que otros?

Llevo varios artículos repitiendo lo mismo, pero nunca serán suficientes: el feminismo está en contra de la democracia. El feminismo es una dictadura. No viene a liberar a nadie, viene a reemplazar unas cadenas por otras. No ha derrocado al antiguo Rey para liberar a sus antiguos súbditos, sino para que seamos sus nuevos súbditos. Para ser la nueva Reina, tan malvada como el anterior monarca, pero con capa morada.

El Rey ha muerto, larga vida a la Reina.